Un blog de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE)

Administración Tributaria Fiscalidad Impuesto sobre el Patrimonio

El Impuesto sobre el Patrimonio: un gravamen necesario y, sin embargo, marginal

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Una de las heridas que nos está dejando la pandemia es el fuerte crecimiento de la desigualdad.

Si a razones estructurales, ya expuestas en la literatura seminal de Piketty[1] y Zucman[2], se unen los cambios tecnológicos y otros factores, aún discutidos por la doctrina, lo cierto es que el crecimiento de la desigualdad en la renta y la riqueza parece imparable.

Yo no sólo es que la literatura tildada de “radical” ponga el acento en este asunto y sus negativas consecuencias para una sociedad líquida, sumida en la incertidumbre y asustada ante el acelerado cambio tecnológico[3], sino que instituciones internacionales tan “ortodoxas” como son la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, OCDE,[4] y el Fondo Monetario International, FMI[5], han demostrado el fuerte aumento de la desigualdad en las dos últimas décadas en el mundo y, lo que es peor, que esta tendencia se ha acelerado con la COVID-19.

Y España no se salva de esa tendencia. En España, el 10% más rico acumula en torno al 50-60% de la riqueza, mientras que el 50% más pobre concentra el 5-10%(OCDE, 2018), datos que deben haber empeorado con la pandemia.

Lo malo no es que esté creciendo, además, la desigualdad clásica, medida en términos de renta y riqueza, sino que lo hacen también otras desigualdades: la digital, de acceso al mercado financiero, el adanismo, etc.

Por ello, un reto de nuestro Mundo es aplicar a una situación que, socialmente, no se desea y que puede provocar efectos muy negativos en la estabilidad política y económica un elenco de herramientas apropiadas. No es fácil, ni sencillo encontrar tal solución, tanto porque las causas de estas desigualdades transversales son complejas y variadas,  como por la ausencia de unanimidad a la hora de explicar los orígenes ni a la hora de aplicar remedios.

Pero es indudable que el sistema tributario tiene que actuar en este terreno. Por el contrario, los tributos que, tradicionalmente, se aplicaban para luchar contra la desigualdad clásica: los impuestos sobre la renta y la riqueza han sido demonizados y capitidisminuidos a la hora de ejercer su labor tradicional durante muchos años, reduciendo su capacidad redistributiva y de lucha por la progresividad, principio éste que (para asombro de muchos y tirria de no pocos) sigue existiendo en el frontispicio de nuestros principios tributarios: el artículo 31.1 de la Constitución Española[6].

Es más, la reducción del papel de estas exacciones, su menosprecio intencionado y publicitado en campañas con abundantes medios detrás[7] (financiadas, lógicamente, por los grupos que más podrían verse afectados por tales gravámenes) es una de las causas de esta desigualdad creciente.

Por ello, cabe reivindicar que, en España, a pesar de los intentos más que desesperados y bien organizados de acabar con él, sigamos disponiendo de un Impuesto sobre el Patrimonio. Ciertamente, en estado agónico, apenas una sombra de lo que pretendió ser en la Reforma Tributaria de 1977/8, donde ya se demostró la antipatía de los grupos dominantes frente a cualquier exacción que recayera directamente sobre la riqueza, como demuestra el hecho de que tuviera que rubricarse como Impuesto “Extraordinario”.

Un sombra, decimos, pues la magníficas Estadísticas Tributarias que, periódicamente, publica el Portal de la Agencia Tributaria, así nos lo demuestran[8]; de esta forma, resulta que, en la declaración 2019 (autoliquidada en el ejercicio 2020), último para el cual se dispone de información, apenas se presentaron 212.284 autoliquidaciones que supusieron 1.219 millones de euros de cuota.

¿Qué hay detrás de esta escasa capacidad recaudatoria, la cual restringe, y mucho, la potencia del Impuesto sobre el Patrimonio para luchar contra la desigualdad?.

Dado el desconocimiento técnico de nuestra clase política y sus intereses coyunturales, la culpa (en los últimos años) suele centrarse en que la Comunidad Autónoma de Madrid, en ejercicio de sus facultades, haya decidió bonificar el 100% la cuota tributaria del impuesto, lo cual supone directamente que, en torno al 58% de sus potenciales declarantes, no lo hagan.

Pero, a nuestro humilde entender, uno de los problemas fundamentales, estructurales, del tributo, son los denominados “beneficios fiscales para la empresa familiar”. Baste con señalar que, de eliminarse tal beneficio fiscal, la recaudación del impuesto aumentaría entre los 4.414 millones y 4.743 millones de euros.

Y algunos pensarán para su caletre: ¨Ya están los de Hacienda, pensando solo en recaudar, acabando con las pequeñas empresas y los negocios familiares..”; y, en el segundo inciso, está el craso error: el beneficio de la pretendida “empresa familiar” a los que, de verdad, beneficia es a los grandes patrimonios familiares, a ese 1% que concentra la riqueza del país; es más, ese grupo, ese lobby de presión (uno de los más exitosos y que tiene un nombre: el Instituto de la Empresa Familiar[9]), ha conseguido hacernos creer que ese beneficio fiscal se dirige a proteger al pequeño empresario y, nada más lejos de la realidad[10].

Las ya lejanas estimaciones de Alvaredo y Sáez (2009) sobre impacto de la introducción de la exención de la empresa familiar implementada en 1994 revelan que supuso una reorganización de la propiedad y las actividades del 0,01% más rico que, en 1994, el 15% de la cartera de acciones de este colectivo cumplían los requisitos para estar exentas, mientras que, en 2002, el porcentaje ascendía al 77%.

Por lo tanto, no nos confundamos: el problema no es Madrid, la verdadera causa de la incapacidad del Impuesto sobre el Patrimonio para utilizarlo como arma en la lucha por la redistribución de la renta y la riqueza es el injustificado beneficio a las grandes familias de esta tierra.

 

Domingo Carbajo Vasco, Inspector de Hacienda del Estado

 

[1] Piketty, Thomas. El capital en el siglo XXI, Ed. Fondo de Cultura Económica, obras de Economía, México D.F. 2015.

2 Zucman, Gabriel. The Hidden Wealth of Nations. The Scourge of Tax Havens, University of Chicago Press, September 2015

[3] Que nuevas tecnologías como la robotización y la inteligencia artificial no harán sino multiplicar exponencialmente

4  La OCDE ha dedicado en los últimos años un creciente interés y un número abundante de estudios a los problemas de la desigualdad. Ver https://www.oecd.org/els/soc/inequality-publications.htm

5IMF on Income Inequality, https://www.imf.org/en/Topics/Inequality

[6] …un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad….

[7] Todos recordamos afirmaciones demagógicas, pero muy efectivas, por ejemplo, la identificación del Impuesto sobre Sucesiones como el “impuesto a la muerte”.

[8] Para las estadísticas del Impuesto sobre el Patrimonio, nos remitimos a: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/datosabiertos/catalogo/hacienda/Estadistica_de_los_declarantes_del_Impuesto_sobre_el_Patrimonio.shtml

[9] https://www.iefamiliar.com/quienes-somos/

[10] Para más información y datos, nos remitimos al excelente aporte de: Gómez de Antonio. Miguel. Los impuestos de solidaridad universal y lucha contra la desigualdad: la imposición dinámica sobre el capital. Los gravámenes a la riqueza y los beneficios extraordinarios, Instituto de Estudios Fiscales, mimeo, diciembre de 2021.

 

*Las opiniones de los autores que publican en «NOSÓLOIMPUESTOS» son de carácter personal y pueden o no coincidir con las de IHE

6 Comentarios

  1. Sergio 25 de enero de 2022

    España es una rara avis dentro del espacio comunitario. Será marginal, pero se ve que es muy útil porque en España no hay quien acabe con él.

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  2. Salvador SMG 25 de enero de 2022

    Visto articulo sr Carbajo sobre Impuesto Patrimonio, comparezco y como mejor permitan el escaso tiempo y la inspiración, improviso y digo.
    Los impuestos deben gravar una parte de lo que se obtiene, NO de lo que se TIENE. Nunca el patrimonio como tal.
    Todo patrimonio lícitamente obtenido lo pbtiene una persona vía renta (post fisco) y/o adquisiciones lucrativas (post fisco también). Ergo, ya vale. En términos corrientes: No vale eso de ahora te quito por que lo ingresas. Y, de lo que te queda, si no te lo machacas, todos los años te quitaré una parte. Éste enfoque de gravar lo que, de lo recibido vía renta o patrimonial lucrativa, una persona no se machaca con perdon es … (Perdonen pero no encuentro calificativo suave; me reservo pues). Me recuerda a determinadas ideologías fácilmente identificables («Dentro de equis años no tendrás nada pero no necesitarás nada». Ni siquiera sentiras la envidia. Todos tendremos lo ‘mesmo’. Todo será repartido ‘equitatis fratis’. Ergo, serás feliz. Papá Estado proveerá a través de su súper estructura. Tú camarada, tranquilo. Mí, Dios con chaqueta cuero y pistolon al cinto, vela por todos).
    Ahora un pelín de aritmética, groso modo. Mire, Morgan, .sea un mortal que, en donde haya Irpf, ibi, I. Plusvalías, Iva, Venía, … I. patrimonio e I sucesiones, en un momento dado, haya conseguido ahorrar 200 uds de patrimonio. Oye cosas .. y dice va a ahorrar más tú tía. Me machaco todo lo que gane a partir de ahora.
    Y que el ‘redistribuidor ‘ de turno, sea azul o rojo amapola, coloca, por ejemplo, un 2% de tipo gravamen patrimonio.
    Y que en un momento de debilidad deja exento un mínimo de 100 uds patrimoniales.
    Redondeando y SIMPLIFICANDO, al cabo de 15 años el patrimonio de este simple mortal ya no es de de 200 ahora es de100+100-30=170. … Al cabo de 30 años no tiene 200, tiene 100+100-60=140 … Y al cabo de 50 años le hemos quitado TODO el patrimonio tributable. Ahora su patrimonio ‘fiscal» ya no es 100, es Cero, breva. (100+100-100). Si esto no es … lo que él pueblo llama… éso…, que venga Dios o Lucifer y lo vea.
    Solidaridad? Sí, señor. Pero no demos un pez periódicamente, vitaliciamente, no, Morgan, no. Enseñemos a pescarlos.
    Hay una vieja canción del pueblo que dice ‘trabaja, chico, trabaja. Y vive de tu sudor, porque así el pan que te comes, tras la faena, sabrá mejor’.
    SMG. DNI 24667731R. De la 3° de la Escuela de Paseo del Prado. 25 ene 22.

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    1. Domingo Carbajo Vasco 26 de enero de 2022

      Estimado Salvador:
      En primer lugar, gracias por tu comentario.
      En segundo término, es obvio que, en «fides, unitas» pero «in opinionibus, libertas», es decir, usted plantea el manido argumento contra el Impuesto patrimonial: que grava dos veces el ahorro; más allá de la retórica.
      Pues bien, en realidad, cualquier impuesto grava algo dos o tres o cuatro veces y, además, una cosa es el objeto imponible y otra, el hecho imponible.
      Por si lo anterior fuera poco, resulta que la visión flujo (de renta) es distinta de la visión fondo, «stock» (estática); es más, el patrimonio, aun sin renta, genera elementos de satisfacción que no tiene el rendimiento y, en el caso de patrimonios improductivos, ya se sabe que una de las «ventajas» de la imposición patrimonial es que obliga al ocioso a buscar rentabilizar su capital; es decir, a lo mejor, el Impuesto sobre el Patrimonio contribuye a que se desarrolle la inversión y fructifique la semilla, evitando que caiga entre las zarzas o los pájaros del Cielo la devoren.
      Saludos.

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    2. Clara Rojas 4 de febrero de 2022

      Toda la razón, Sr. Salvador. No se puede explicar mejor. Y no olvidemos que este es un impuesto que solo existe en 3 de los países de la OCDE, y en algún cantón suizo de gobierno de extrema izquierda. Luego si todo el mundo conduce por la derecha, si tu vas por la izquierda igual el que va mal eres tú….

      Y sobre lo que dice el Sr. Carbajo sobre la exención de la empresa familiar, es patético. La cantidad de empresas familiares que hay, de a su vez dan trabajo a 10 o 20 familias más, personas que se juagan cada día su patrimonio en negocios para crear riqueza, ¿les vamos a hacer pagar por el IP por el valor de la empresa? No es ninguna trampa, Sr. Carbajo. España es un país de Pymes, y ustedes deberían saberlo. Hay miles de pequeños empresarios que procuran dejar parte de los beneficios en la empresa como autofinanciación (Cielos, hay un beneficio fiscal en el IS para fomentar esto!) para cuando vengan mal dadas…..eso aumenta el VTC de las acciones, ergo el impuesto sobre el patrimonio a pagar por ellas???? Demencial.

      Que también hay familias de mucho dinero hecho con empresas que han devenido en grandes grupos empresariales, no le digo que no. Pero eso no les resta un ápice de mérito, y ¿qué propone? Que cuando uno de esos grandes grupos familiares tenga que pagar el IP le entregue al estado una parte de las acciones? Ideal para matar cualquier grupo empresarial, y no digamos cualquier iniciativa empresarial.

      Finalmente, ahora mismo, el IP es uno de los principales frenos de atracción de talento a nuestro país, de talento activo y de riqueza pasiva, porque frena el establecimiento en España de muchas personas con altos patrimonios que quisieran venir a residir aquí.

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      1. Domingo Carbajo vasco 6 de febrero de 2022

        Gracias, como siempre, por los comentarios.
        Es importante generar debate sobre cuestiones de Política Fiscal.
        Desde mi punto de vista («en la opinión, total libertad») su comentario refuerza lo indicado en mi post: el llamado «beneficio de la empresa familiar» no es sino un eufemismo para encubrir la exención de las grandes participaciones en empresas por los grupos de poder.
        Está estadísticamente probado que las grandes familias concentran sus patrimonios en participaciones empresariales cruzadas y ese «beneficio» las lleva a no pagar imposición patrimonial alguna.
        Usted (como ellos) pretende meter en el mismo saco a los pequeños negocios familiares (el típico bar o la tienda local) junto con esas grandes participaciones. Se trata del típico ejemplo de «white bashing», de blanqueo.
        Yo no estoy favor de que el pequeño bar, estructurado en participaciones de una sociedad limitada, tribute; eso se conseguiría, simplemente, poniendo un tope, un mínimo exento al valor del patrimonio neto exento de este «beneficio empresarial»; lo que me parece inaceptable, ideológicamente erróneo y contrario a la justicia y a la progresividad fiscal es que, bajo el escudo de la «empresa familiar», se encuentren exonerados los patrimonios de las familias más ricas de este país.»
        Saludos».

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  3. Fran 25 de enero de 2022

    Buen artículo. Uno de los grandes problemas de los sistemas fiscales avanzados, especialmente en países de moral cívica mejorable, es que la renta, que se había convertido en el parámetro más fiable de gravamen, junto al consumo, ha tocado techo y ha empezado a deteriorarse, en una clara involución hacia épocas predemocráticas.
    Hoy por hoy, el impuesto sobre la renta es únicamente eficaz frente a los salarios. Frente a ellas, el impuesto cumple con su función recaudatoria, progresiva y, por tanto, también redistributiva. No es que un impuesto, individualmente considerado, deba cumplir todas esas funciones, que son predicables frente al conjunto del sistema fiscal, pero el IRPF era el paradigma de esos aspectos. Ya no lo es.
    Junto a las rentas salariales, las demás fuentes de renta se gravan muy deficientemente. Así, el impuesto carece de equidad horizontal ya desde el punto de vista normativo, puesto que rentas de capital y ganancias patrimoniales tributan a tipos fijos o casi, más reducidos. Esto es que, para la clase media o media-alta, pegar un pelotazo inmobiliario tributa menos que el trabajo por el que se madruga, se generan preocupaciones continuas y se suda, diariamente. No es, precisamente, un paradigma de justicia fiscal.
    Por otra parte, el impuesto carece, palmariamente, de equidad horizontal práctica. Por un lado, las mentadas rentas de capital y ganancias, cuando provienen de patrimonios elevados -y ya no tan elevados- tributan por el impuesto de sociedades, pues España es el «paraíso» de las sociedades de tenencia de bienes, llamémoslas pantallas, interpuestas, refugios… Sociedades que, frente a lo que era -o así lo creía yo- la idea del contrato de sociedad, de poner bienes y esfuerzo en «común» para generar un beneficio, se han convertido en vías de elusión del IRPF. Todo el mundo puede tener una sociedad, pero, realmente, no deja de ser una simulación, colocando personas jurídicas interpuestas para, no ya tributar más o menos, sino eludir un control que, evidentemente, la inspección de Hacienda no puede dispensar a los cientos de miles (había censadas unos dos millones) de sociedades españolas.
    Extendamos esta fea costumbre a muchas actividades empresariales de pequeño tamaño, que han reconvertido negocios individuales -empresariales o profesionales, me da igual- en sociedades, para eludir el control, y sólo si se genera un beneficio muy relevante, para conseguir una apreciable rebaja de tributación. Lo fundamental es el control, su falta, para deducir lo que no se debe deducir, mezclando patrimonio personal y empresarial en sistemas de caja única muy habituales.
    Pero, además, las fuentes de renta empresariales y profesionales no tributan adecuadamente en el IRPF porque las oficinas gestoras no pueden comprobar adecuadamente sus contabilidades, lo que conlleva la baja probabilidad de control por la inspección, que no llega a todos ellos y que tiene asuntos, seguramente de mayor calado a los que atender.
    Y este es el panorama de la tributación sobre la renta. No hace falta incidir mucho en la enorme caída. que en las últimas dos décadas ha sufrido la recaudación del impuesto de sociedades para corroborar que lo que digo sobre el número de sociedades y su falta de control tiene mucho que ver en ello. ¿Cuántas sociedades limitadas reparten dividendos hoy en España? Se lo digo yo: casi ninguna -y el casi es una licencia-. No desgravan. Ponerse un salario, usar la tarjeta, usar el vehículo de la empresa, sí. Siempre que no se compruebe, claro está…
    Por tanto, la imposición de la riqueza se antoja más necesaria que nunca. Lo ideal, como dice alguien por aquí sería no gravarla, porque proviene de renta ya gravada. Claro, pero eso sería si realmente, esa renta se hubiere gravado, y ya he expuesto como no es así en muchos casos. Por otra parte, la imposición patrimonial no se limita a este impuesto. Hay países al norte de los Pirineos que gravan la propiedad inmobiliaria mucho más que nuestro ridículo IBI, por más polémica que levanten sus subidas (cuando es el chocolate del loro).
    Y el post da en el clavo del problema de la empresa familiar. Ya he expuesto que pasa con muchas pequeñas empresas: lo que realmente son algunas. Y son precisamente ésas a las que se refiere el artículo: a las improductivas, a las que son un trasunto de sus propietarios (muy bien disimulados en ocasiones tras una serie de empresas y entramados).
    Claro que hay algo mejor aún: el impuesto sobre el gasto, pues el que gaste más pagará más, tomando el gasto como una manifestación conjunta de renta y riqueza. Pero para ello sería necesario un impuesto sobre la renta bien estructurado y que funcione correctamente, y como he dicho, el camino hacia su consecución se perdió hace un puñado de años.
    Bienvenidos a la era de la globalización y las desigualdades, como bien apunta el agudo articulista.

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