Un blog de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE)

Administración Tributaria

Hablemos de Gibraltar

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La reciente crisis habida en Ceuta, fruto de muchos errores políticos del Gobierno, algunos más próximos en el tiempo y evidentes que otros, nos lleva a plantear otro problema que, de alguna forma, en no pocas ocasiones se ve ligado a las plazas africanas de soberanía española como es el de Gibraltar.

Desde un punto de vista estratégico, Ceuta y Gibraltar han tenido un significado común, eran los dos pilares sobre los que asegurar el tráfico en un punto geoestratégico esencial como es el estrecho de Gibraltar.

Allá por el siglo XV, Portugal se hizo con Ceuta para garantizar uno de los extremos de ese paso y para frenar la piratería de los berberiscos que amenazaba al tráfico. Al unirse Portugal a España con Felipe II, la plaza pasó a control español y así se ha mantenido hasta nuestros días.

La historia de Gibraltar es más conocida. Ocupada por los británicos, en nombre del pretendiente Carlos en la Guerra de Sucesión, fue cedida por España en el Tratado de Utrecht, convirtiéndose en un baluarte para la política imperial británica que les garantizaba el control, al menos parcial, del Estrecho.

Esta génesis histórica diferente se evidencia en la distinción en el estatuto jurídico de las plazas. Así, mientras Gibraltar es calificado por la ONU como un territorio no autónomo, es decir, una coloniaCeuta y Melilla no tienen tal calificación, al ser plazas de soberanía española antes de que naciera el Imperio de Marruecos. De hecho, Gibraltar es el único reconocido como territorio no autónomo en España. 

Como ya decíamos, no pocas veces los problemas de ambos lugares se ven ligados. Así, es frecuente leer que España no accederá a devolver “por las buenas” Ceuta sin antes haber recibido Gibraltar (perdóneseme el coloquialismo, pues en Ceuta, al menos según la opinión de la ONU, que algo de Derecho internacional sabrá, nada hay que devolver a Marruecos, ya que nada se les ha hurtado, mientras que Gibraltar sí que debe reintegrarse a la nación que estaba ya perfectamente constituida y que integraba dicho territorio cuando fue ocupado); igual que se afirma que sería muy difícil para España mantener su situación en Ceuta y Melilla si se resolviera el contencioso con Gibraltar y nos fuera repuesto.

Resulta difícil avanzar si en los tiempos actuales el dominio de las plazas de Ceuta y Melilla tendrían una importancia decisiva en un conflicto internacional, amén de lo poco probable que resulta que España y Gran Bretaña se vean involucrados en un conflicto en el que el paso del estrecho sea una cuestión que dependa del control de tales lugares. Es por ello que, poniendo en duda la importancia geoestratégica actual de estos puntos, la cuestión que resulta innegable es que el mantenimiento de tales plazas genera una verdadera sangría financiera para los Estados que las poseen.

La situación de Gibraltar es en este punto especialmente curiosa. El peñón, como enclave militar, puede resultar envidiable, pero cuando se trata de crear alguna industria que haga sino mínimamente viable, al menos, no tan gravoso el mantenimiento de la plaza, su orografía resulta una importante desventaja. Sin embargo, curiosamente, como tantas veces los ingleses han logrado crear una situación paradójica.

Gibraltar ha desarrollado una economía que podríamos calificar de “parasitaria” de otros lugares y territorios de la Unión, especialmente España. Sus principales actividades son las desarrolladas por empresas de servicios financieros, empresas de juego por internet y servir de domicilio fiscal de conveniencia a muchas personas jurídicas; por no hablar de otras actividades como la tradicional fabricación de tabaco, que, de una forma u otra, acababa consumiéndose en un porcentaje muy importante en España, o el “bunkering”. Casualmente, estas actividades económicas se proyectan sobre sectores o productos de acusada fiscalidad, aprovechando las ventajas que ofrece un régimen fiscal de muy baja tributación, y no pocas veces, se utiliza su ubicación para, de forma más o menos correcta, tratar de erosionar bases fiscales o trasladar y ocultar beneficios a las Haciendas de otros países, frecuentemente España.

Sin embargo, esas “industrias” locales son atendidas, en gran medida, con personal del “campo de Gibraltar”, área que desde hace muchos años tiene unas tasas de desempleo y pobreza de las más altas de España, generando un problema a los gobiernos españoles que ven que de cada herida que se pueda infligir a la economía de Gibraltar mana sangre española de la Bahía de Algeciras.

No menos curiosa es la respuesta que se ofrece en el ordenamiento tributario a tales actividades económicas. Aunque incluido en la lista reglamentaria de paraísos fiscales, Gibraltar siempre ha gozado de un estatuto particular, como consecuencia de la aplicación de gran parte del acervo comunitaria, en virtud de su régimen específico en el TUE, que se ha traducido en una nula presión efectiva contra su régimen fiscal y el abuso de tales actividades.

El Brexit no ha supuesto un empeoramiento de su estatuto. Ya el protocolo anexo sobre Gibraltar en el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica preveía el establecimiento de un sistema reforzado de cooperación administrativa con España para la lucha contra el fraude para lograr la plena transparencia en materia fiscal y en relación con la protección de los intereses financieros. Recientemente ha entrado en vigor el Acuerdo Internacional en materia de fiscalidad y protección de los intereses financieros entre el Reino de España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en relación con Gibraltar, hecho ad referéndum en Madrid y Londres el 4 de marzo de 2019, que ha supuesto no ya que este territorio saque un pie y medio de la lista española de paraísos fiscales, sino los dos pies y una saca de billetes, ya que, en el fondo, se garantiza su forma de vida; aunque los políticos hayan vendido este acuerdo como un avance y que ahora Gibraltar colaborará contra la evasión fiscal, problema que con su permisividad ellos mismos han creado.

Los grandes estrategas siempre han sostenido que la guerra es esencialmente cuestión de disponibilidades financieras; dar de comer y vestir a miles de hombres de armas, antes que grandes hechos de valor y arrojo. En “nuestra guerra” con Gibraltar parece que este territorio ha dado con la fuente inagotable de recursos financieros con los que vencernos y que no son otros que los que ofrecen sus “ventajas” frente a nuestro sistema tributario.

Ante este dilema se deben plantear alternativas de carácter fiscal, quizá la generación de un área de tributación beneficiada en el lado español del Campo de Gibraltar, si bien dicha posibilidad es, cuanto menos, problemática según la legislación de la Unión Europea, o quizá un endurecimiento político del régimen legal para las actividades y operaciones que, desde la colonia, se proyecten sobre España, tales como considerar como gastos no deducibles los realizados a través de Gibraltar o una fiscalidad particular para los servicios recibidos desde Gibraltar, medidas problemáticas y sin duda excesivas que solo podrían entenderse en el marco de un problema político interminable como es Gibraltar.

En cualquier caso, el único objetivo de esta pequeña reflexión es destacar que, como en muchos otros ámbitos de la vida, los impuestos ofrecen una visión distinta de actos que, si éstos no existieran, serían inexplicables por absurdos, y que también los impuestos pueden ofrecer problemas insospechados y soluciones a éstos que difícilmente pudieran imaginarse en ausencia del sistema tributario complejo que tenemos.

Javier Bas Soria, Inspector de Hacienda del Estado y doctor en Derecho

 

*Las opiniones de los autores que publican en «NOSÓLOIMPUESTOS» son de carácter personal y pueden o no coincidir con las de IHE

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