Un blog de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE)

Administración Tributaria

Los inspectores de hacienda no cobran por liquidar más: respondiendo a un mito interesado

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Hace ya casi un año, un despacho de abogados – cuyo nombre prefiero no mencionar para no darle más publicidad, que parece ser su objetivo principal – lanzó una campaña para desprestigiar la labor de la AEAT y la de los Inspectores de Hacienda del Estado. Hizo una extensa campaña en los medios de comunicación, incluidos anuncios publicitarios en medios escritos internacionales, de un documento en el que se vertían insultos y calumnias muy graves.

El documento obedecía exclusivamente al objetivo de desprestigiar la actuación de la administración tributaria española. Llegaron a afirmar que la AEAT “era una vergüenza nacional”, y que vulneraba los derechos humanos de los contribuyentes. Incluso se nos calificaba a los Inspectores como “carteristas”, acusándonos de extorsionar a los contribuyentes con el supuesto objetivo de cobrar bonus de productividad, señalando que cuantas más liquidaciones hacíamos, más cobrábamos.

Durante estos meses ha ido cambiando su versión de extorsión, ya que inicialmente se referían en exclusiva a los contribuyentes que se acogieron a la Ley Beckham, que gozan de un régimen fiscal muy ventajoso, si cumplen determinados requisitos. No aportó ni un solo nombre de contribuyentes en esa situación, y jugaba con la ventaja de que la AEAT no puede revelar informaciones sobre contribuyentes concretos, debido al deber de secreto que establece  el artículo 95 de la LGT.

Como la AEAT emitió posteriormente una nota desmontando dichas afirmaciones, – porque solamente el 0,5% de los 37.000 contribuyentes acogidos a dicho régimen fueron objeto de actuaciones de comprobación-, amplió sus denuncias de la actuación de Hacienda contra los autónomos y otros sectores, haciendo una llamada general para contactar con contribuyentes enfadados con la AEAT y con los Inspectores de Hacienda.

En ese afán de seguir manteniendo el tema vivo, el 13 de marzo de 2026 ha elaborado otro documento en el que vuelve a insistir en la afirmación falsa de que los Inspectores cuanto más liquidamos, más bonus de productividad percibimos. Igual que en el documento anterior, este despacho parte de unas manifestaciones falsas, sin aportar ninguna prueba, para justificar, según este despacho, dicha situación.

En esta ocasión toma como documento de referencia una contestación que elaboró la AEAT a requerimiento de un Juzgado sobre los incentivos de productividad. Se desconoce tanto el contenido del requerimiento del Juzgado como la contestación de la AEAT a dicho requerimiento. El gran error que cometen en este documento es que, desconociendo por completo tanto el trabajo que hacen los Inspectores de Hacienda (en diferentes áreas y no sólo en Inspección), y los procedimientos tributarios que tienen que seguir (gestión, inspección, recaudación, y aduanas), se atreven a enjuiciar, de forma totalmente errónea, la normativa reguladora interna que regula las diferentes bolsas de productividad en la AEAT. Con estas premisas, enjuicia la contestación de la AEAT al Juzgado, cometiendo numerosos errores en el análisis de la situación, por lo que llega a conclusiones totalmente erróneas y malintencionadas. La principal: que los inspectores cobramos en función de lo que liquidamos.

Para entender la realidad, basta recordar que en la AEAT existen diferentes bolsas de productividad, cada una de ellas con su normativa específica, para el reparto entre todos los funcionarios de la AEAT (no solo los Inspectores):

  • Objetivos de la AEAT. Participan todos los funcionarios de la AEAT.
  • Mejor desempeño. Participan los funcionarios de la AEAT destinados en todos los Departamentos, excepto el de Inspección.
  • Baremada de Inspección. Participan los funcionarios destinados en el Departamento de Inspección.
  • Plan de intensificación de actuaciones (PIA). Bolsa anual extraordinarias, fijada por el Ministerio de Hacienda en el año 2014 y prorrogada desde entonces año tras año. Su objetivo es conseguir una determinada recaudación “en caja”, y solo se percibe si se consigue dicha recaudación. La participación de todos los funcionarios es voluntaria, porque exige hacer un número determinado de horas extras y un incremento en el número de actuaciones en todos los departamentos, no solo en el de Inspección.
  • Otras bolsas adicionales: para campaña de renta, Vigilancia Aduanera, etc…

El reparto de esas bolsas de productividad, que perciben todos los funcionarios de la AEAT -no solo los Inspectores-, es un tema técnico y complejo, difícil de entender por quien no se lo haya estudiado en profundidad. Como el tema objeto de polémica no se refiere a información sobre contribuyentes, que no se podría rebatir debido a nuestro deber de secreto profesional, sí que voy a hacer referencia al contenido de este documento, poniendo de manifiesto las falsedades y errores que se cometen en el mismo.

Los errores cometidos en el contenido del documento son muy graves. Pero voy a poner de manifiesto, en primer lugar, el mayor de todos, y el más importante, desde el punto de vista numérico, que figura en los siguientes párrafos:

“El tamaño del fondo de primas no se revela en la nota de la AEAT, pero sus cuentas anuales muestran que aproximadamente 250 millones de euros se han pagado de forma habitual cada año en primas durante el periodo 2020-2024. En 2024 el total excedió los 280 millones de euros. Sobre la base de estas cifras, el inspector medio teórico podría esperar recibir anualmente alrededor de 30.000 euros procedentes del fondo del 30 % y más de 6.000 euros procedentes del fondo general. Evidentemente, en la práctica algunos recibirán más y otros menos. Lamentablemente, la AEAT no proporciona ejemplos numéricos.

Debe tenerse en cuenta que una prima de 30.000 euros (de media) supondría añadir cerca de un 50 % a la remuneración de un inspector, por lo que podría considerarse lo suficientemente elevada como para influir en su comportamiento. Los 30.000 euros superan el salario medio en el conjunto de España.”

En los párrafos anteriores se dan las siguientes informaciones FALSAS:

  • Todos los inspectores participamos en todas las bolsas de productividad. Como se ha dicho anteriormente, por ejemplo, en la productividad baremada de Inspección sólo participan los Inspectores y el resto de los funcionarios destinados en dicho Departamento, pero no perciben nada, por ejemplo, de la denominada bolsa de productividad por mejor desempeño. Por tanto, es erróneo tomar como referencia el importe total de productividad de la AEAT para obtener la media percibida por cada inspector.
  • Atribuye al colectivo de los Inspectores, de forma errónea, el 30% del total de esas bolsas. Esa referencia del 30% figura solamente en una de las bolsas de productividad -la denominada baremada de Inspección- para distribuir el total de esa bolsa entre las liquidaciones mensuales a cuenta y la liquidación final (del 30%). El 100% de esa bolsa se reparte entre todos los funcionarios destinados en el Departamento de Inspección, y no solo los Inspectores.
  • El importe representa el 50% de su sueldo, por lo que podría considerarse lo suficientemente elevada como para influir en su comportamiento. El porcentaje es erróneo y a partir de ahí obtiene una hipótesis falsa.

En el documento original, que se puede ver en el link al final de este texto, se han insertado en cada uno de los párrafos (en negrita y sombreado), comentarios sobre las falsedades que se dicen para justificar lo que no es cierto: que los inspectores cobramos más productividad cuantas más liquidaciones hacemos. En ocasiones, su desconocimiento del sistema de incentivos de la AEAT y de su funcionamiento le lleva a tal “empanada mental” que atribuye esa situación al obscurantismo del sistema de reparto y a la mala fe de la propia AEAT.

En conclusión, este despacho de abogados, con tal de mantener viva una afirmación falsa -que los Inspectores cobramos productividad en función de lo que liquidamos-, se ha atrevido a examinar el complejo sistema de incentivos de la AEAT que claramente no comprende. Ese desconocimiento le lleva a cometer numerosos errores y a extraer conclusiones equivocadas.

Paradójicamente, en su propio documento reconocen la existencia de multitud de factores que intervienen en la valoración del trabajo de los Inspectores y del resto de funcionarios, factores que contradicen la falsa afirmación con la que quieren polemizar: que cobramos en función de lo que liquidamos.

La realidad es clara: los Inspectores no cobramos según lo que liquidamos. Y es importante desmontar estas falsedades para proteger la integridad de la AEAT y de quienes trabajan en ella.

* Documento original destacando en negrita y sombreado las falsedades 

 

José María Peláez. Inspector de Hacienda del Estado (jubilado)

*Las opiniones expresadas en las publicaciones del blog «NOSÓLOIMPUESTOS» son de la exclusiva responsabilidad de sus autores, pudiendo no coincidir con las de IHE 

 

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