Un blog de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE)

Administración Tributaria

Si sale con barbas, San Antón… o cómo aprendí a dejar de preocuparme por la deflactación de la tarifa del IRPF

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Llevar algunos años en este negocio de los tributos y tener algo de memoria –  cosa común entre los compañeros del Cuerpo de Inspectores de Hacienda del Estado, que no se ha renovado durante muchos años al ritmo que hubiera sido necesario , y en el que los que estamos, algunos jóvenes y muchos no tan jóvenes, hemos superado un complejo proceso selectivo, en el que la memoria, instrumento esencial para desempeñar correctamente nuestro trabajo, tiene su papel –  ofrece ventajas e inconvenientes, más de los primeros que de los segundos, a los que asocio más a la edad que a nada. Y eso, por más que haya quien pretenda solventar el problema, posiblemente huérfano de las capacidades necesarias no ya para solucionar, sino para comprenderlo, y que se ha generado por los años de racaneo en la incorporación de personal a la Administración, particularmente de Inspectores de Hacienda, sustituyendo el mérito y la capacidad en la selección por no se sabe qué y no se sabe para qué. O sí se sabe, lo que resultaría mucho peor…

Pero no toca hoy criticar lo que ya he empezado criticando, pero ya se sabe, hay cosas que son tan importantes y en las que los errores son tan graves que no puede escribir uno unas líneas sin decir ciertas cosas… y me refiero a la oposición, que es lo que toca en este blog, no a la amnistía ni los otros dislates que lleva aparejados, como el establecimiento de un sistema de cupo para la financiación de Cataluña, del que ya he hablado y ahora reservo para las charlas de café.

Pues eso, que la memoria y el tiempo tienen sus cosas y recuerdo cuando, todos los años, o prácticamente todos, la Ley de Presupuestos incluía una actualización de la tarifa del IRPF en la que se deflactaba ésta para corregir el efecto de la inflación. Por cierto, durante muchos años también, además de esta medida, como recordaran bastantes de nuestros lectores, se introducían unos coeficientes de actualización de los valores de adquisición de los inmuebles a los efectos de calcular las ganancias de patrimonio, que pretendía corregir el efecto que tenía la inflación sobre el valor de tales bienes (otro interesante avispero que transita por el Tribunal Constitucional y que puede quedar para otras entradas de cualquier compañero que quiera comentarlo).

No hace falta ser una mente preclara ni tener grandes conocimientos tributarios para comprender que, si se incrementan las retribuciones para mantener el poder adquisitivo de las rentas, pero la tarifa del IRPF permanece invariada, se estará pagando una cuota más elevada, como si se hubieran incrementado realmente las rentas, por lo que la renta disponible habrá decrecido en magnitudes constantes y la cuota tributaria se habrá incrementado, tanto en magnitud absoluta como equivalente.

Conscientes de este hecho, las autoridades del Ministerio que fijaron el programa de Inspección de Hacienda, han hecho que los opositores a este Cuerpo hayamos estudiado desde hace muchos años un epígrafe que se denomina “La inflación como impuesto” y en el que, entre otras cosas, se estudian estos efectos.

Por lo tanto, la deflactación de las tarifas no es sino una mera medida técnica, cuyo propósito no es otro que mantener invariado el nivel de presión fiscal, que se ha aplicado durante muchísimos años y que no esconde finalidades distintas ni encierra beneficio especial para cualquier tipo de contribuyente; todos, hasta los que están en el tramo más bajo, se benefician igualmente de la misma.

No podemos, sin embargo, caer en el maniqueísmo de afirmar que la deflactación de la tarifa es una obligación para el legislador. Indudablemente el legislador puede decidir elevar la tarifa del IRPF y dicha elevación puede venir tanto de subir la tarifa (lo que podríamos llamar un incremento del IRPF sin careta ni vergüenza, a pecho descubierto, por parte del legislador) como de no actuar para corregir el efecto de la inflación (otro engaño a la opinión pública, a la que se promete que no se le van a subir impuestos y con la dejadez del legislador, que, no nos equivoquemos, en este punto siempre va de la mano de lo que propone el Gobierno, se sube año tras año el gravamen al no actualizar la tarifa, generalmente de pocos a pocos, pero con un efecto acumulado importante, especialmente en años con una inflación elevada, como los que estamos viviendo). Legítimo es, ahora bien, deseable también sería que, al menos, el legislador (y con él, el Gobierno) tuvieran que reconocer de una forma expresa que habían decidido “subir los impuestos”, no deflactando la tarifa del impuesto (no hace falta que nadie me diga nada, que ya me lo digo yo, no veremos tal confesión de intenciones, sin que importe cómo las juzgue cada uno, buenas o malas).

 

En fin, y hasta aquí cuanto quería explicar, de una manera somera, sobre la actualización de las tarifas, lo que es, lo que pretende y lo que puede esconder. Ahora bien, no es esto lo que me ha movido a escribir unas líneas.

En estos últimos tiempos hemos visto como algunos gobiernos autonómicos, de un determinado signo político, han decidido actualizar la tarifa autonómica del IRPF (aquella parte de la tarifa sobre la que tienen competencia). Otros, no, entre ellos los del otro signo político (los pocos que quedan). Cada uno ha tomado su decisión y a los ciudadanos correspondería valorar si coincide con lo prometido en sus programas (¡Ay, lo que he dicho…!) y si los efectos de la medida, y de otras muchas, son beneficiosos o negativos para ellos, y así decidir su voto en las siguientes elecciones (no me tachen de ingenuo, sé perfectamente que la inmensa mayoría de nuestros conciudadanos deciden su voto con pasión –conscientemente no digo con el corazón, porque ni eso emplean-y no con la cabeza –cada día estoy más convencido que muchos españoles tienen la cabeza para llevar un sombrero, si les apetece-).

No he podido evitar leer bastantes artículos sobre la deflactación de las tarifas, llámenlo interés profesional por lo “mío”, y eso que, cada día, por higiene mental, intento elegir de forma más cautelosa mis lecturas. Lo que he leído me ha apenado profundamente. Nada explicaban sobre lo que es la actualización de la tarifa, sobre sus efectos en todos los tramos, y directamente acudían a la descalificación y a los datos incorrectos o parciales, claro está, que no pretendían explicar lo que es la medida, sino que directamente estaba juzgada según quién la había adoptado y quién no. No sé que me da más miedo, si pensar que tales artículos se escriben por una motivación política o si se escriben por verdadero desconocimiento. Generalmente, cada vez que leo un artículo periodístico sobre la materia tributaria, llego a la conclusión que si no predomina lo segundo, se empeñan perfectamente en ocultar cualquier rastro de inteligencia.

En cualquier caso, lo que tengo claro es que cuando leo un artículo en el que se valora cualquier medida política, si sé quien escribe y quien ha tomado la medida, ya sé lo que voy a leer: loas eternas al líder supremo, o “damnatio memoriae” del opositor. Pues ya lo decía el pintor, “Si sale con barbas, San Antón, si no, la Purísima Concepción”.

Por Javier Bas Soria, Inspector de Hacienda del Estado y doctor en Derecho

*Las opiniones expresadas en las publicaciones del blog «NOSÓLOIMPUESTOS» son de la exclusiva responsabilidad de sus autores, pudiendo no coincidir con las de IHE 

 

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